Una de las novedades para la Renta de 2018 es la posibilidad que tienen los autónomos de desgravarse los gastos por manutención y dietas, es decir, que el autónomo que tenga que desplazarse fuera de su lugar de trabajo, con la consecuencia de tener que comer y dormir fuera, podrá deducirse algunas cantidades.
Se tiene que tener en cuenta que conseguir deducirse estos conceptos puede ser un poco difícil, ya que Hacienda nos exige que lo probemos de una manera muy fehaciente:
- Tenemos que demostrar que el gasto que hemos realizado está directamente vinculado con nuestra actividad.
- Debemos pagar siempre por medios electrónicos y solo será deducible si los realizamos fuera del municipio donde desarrollamos la actividad ni sea nuestro lugar de residencia habitual.
- Hay que conservar la factura.
- Por estancia: los importes que se justifiquen.
- Por gastos de manutención:
- Si nos hemos desplazado dentro del territorio español: 53,34 eurosdiarios como máximo.
- Si nos desplazamos fuera de territorio español: 91,35 eurosdiarios como máximo.
- Desplazamientos dentro del territorio español: 26,67 eurosdiarios como máximo.
- Desplazamientos a territorio extranjero: 48,08 eurosdiarios como máximo.
