IRPF
Los autónomos pueden descontarse en su declaración de la renta los gastos relativos al uso de sus vehículos, siempre y cuando se cumplan unos requisitos:
El requisito más fundamental es que el vehículo debe ser un “elemento patrimonial afecto a la actividad económica”, ¿Cómo podemos saber si nuestro vehículo está incluido en esta categoría?, la agencia tributaria nos da una serie de criterios que se deben cumplir a la horade saber si podemos incluir nuestro vehículo dentro de esta categoría:
- Debe ser utilizado exclusivamente para el desarrollo de la actividad, no para actividades privadas, salvo que estas sean irrelevantes (por ejemplo, algún recado en horas inhábiles).
- El vehículo debe constar en la contabilidad y registros oficiales de la actividad.
IVA
Con el IVA funciona de una manera similar, así el artículo 95 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido nos dice que para poder deducirnos las cuotas por la adquisición de viene o servicios, estos deben estar vinculados con la actividad empresarial:
Por tanto, el vehículo debe estar destinado siempre y en exclusiva al desarrollo de la actividad, debe constar en la contabilidad de la empresa, y debe estar dentro del patrimonio empresarial.
Una vez cumplimos esto, las deducciones varían en función de lo afecto que este el vehículo a la actividad empresarial, la ley establece una serie de presunciones al respecto:
- Para los turismos y motocicletas se les aplica una presunción del 50%
- Los vehículos que se encuentren dentro del listado del artículo 95.3.2º se les aplica una presunción del 100%, son los siguientes:
- Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
- Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
- Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
- Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
- Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
- Los utilizados en servicios de vigilancia.
